El Servicio Universitario Médico Asistencial es la Obra Social de la Universidad Nacional de Mar del Plata. Inició sus actividades el 1º de junio de 1991, constituyéndose como un organismo de administración propia e individual destinado a brindar a sus afiliados servicios médico-asistenciales.
REQUISITOS
Para mantener la cobertura gratuita de los hijos solteros mayores de 21 (veintiún) años y hasta los 25 (veinticinco) años inclusive que se encuentren estudiando, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
· Ser soltero
· Tener entre 21 y 25 años
· No percibir ingresos producto del trabajo autónomo y/o en relación de dependencia.Excepto los trabajos temporarios que no superen en total los 3 (tres) meses en el año.
· La actividad principal sea el estudio
· Acreditar actividad académica en establecimientos que se encuentren oficialmente reconocidos por autoridad competente municipal, provincial o nacional.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR PRIMERA VEZ
En el año que el hijo cumple los 21 años o cuando inicie estudios después de dicha edad, se deberá presentar dentro de los 30 días corridos de dicha fecha (21 años o inicio) la siguiente documentación:
· DECLARACION JURADA firmada por el Afiliado Titular.
· CERTIFICACION NEGATIVA: el afiliado la obtiene de la página del ANSES.
· CONSTANCIA DE INSCRIPCION A LA CURSADA O DE ALUMNO REGULAR ACTIVO DEL AÑO EN CURSO.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANUALMENTE
· DECLARACION JURADA firmada por el Afiliado Titular.
· CERTIFICACION NEGATIVA: el afiliado la obtiene de la página del ANSES.
· CONSTANCIA DE ALUMNO REGULAR ACTIVO O DE INSCRIPCION A LA CURSADA DEL AÑO EN CURSO.
· ACREDITACION DE ACTIVIDAD ACADEMICA DEL AÑO ANTERIOR
Se entiende por actividad académica: cursadas de materias sea mediante promoción, cursada normal o examen libre, sin que se tenga en cuenta el resultado (aprobado o desaprobado), sino precisamente la demostración de la actividad del alumno, tomándose para ello en consideración las diversas modalidades según el tipo de establecimiento y carrera elegida. En los casos en que el alumno termine la cursada restando aprobar exámenes finales, la cobertura se extenderá por semestre, siempre que se demuestre en
éstos, actividad académica.
Se entiende que la actividad académica culmina: en el momento en que se aprueba la última materia del plan de estudios, o se apruebe el trabajo final correspondiente. No se tiene en consideración la entrega de diplomas, o colación.
PERIODO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Del 1 al 30 de Abril de cada año. No se aceptarán Declaraciones Juradas con certificados con fecha anterior al 1 de Abril dado que los ciclos lectivos se consideran a partir de esa fecha.
En el caso de hijos que cumplan los 21 años o inicien estudios con posterioridad al 30 de abril, la documentación se deberá presentar dentro de los 30 días corridos de dicha fecha (21 años o inicio).
Una vez vencido el plazo de presentación de la Documentación, el afiliado automáticamente estará suspendido para recibir cobertura de parte del SUMA. Suspensión que se mantendrá hasta el cumplimiento de la presentación de la documentación solicitada.
SUMA informará al afiliado titular tal situación, otorgándole un plazo de 30 días corridos para la presentación de la documentación correspondiente, pasado dicho tiempo sin regularizar la situación, se considerara que hubo abandono de la actividad académica y se procederá a reclamar los consumos indebidos.
Además informará al titular, que en caso de que su hijo no continúe estudiando tiene la posibilidad de incorporarlo como adherente.
VALIDEZ DE LA COBERTURA de SUMA
Si se trata de un estudio regular de cursada anual: hasta el 30 de Abril del año siguiente.
Si se trata de cursos de menor tiempo: la cobertura será hasta la fecha de finalización del curso.
En el caso de cumplir los 26 años, la cobertura será hasta esa fecha (siempre que sea antes del 30 de Abril próximo).
En el caso de que dejen de estudiar, comiencen a trabajar o hayan finalizado sus estudios, la cobertura será hasta la fecha en que se produce el hecho.
DE NO CUMPLIRSE CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS, S.U.M.A. se reserva el derecho de reclamar el reintegro de los gastos generados en dicho período, efectivizándolo a través del descuento en los haberes del titular.
OBLIGACIONES DEL TITULAR
Presentar anualmente la Declaración Jurada y la documentación requerida por SUMA.
Informar a SUMA si el hijo ha dejado de estudiar, ha comenzado a trabajar, ha cumplido los 26 años o ha finalizado sus estudios. En estos supuestos deberá presentar dentro de los 30 días de producido el hecho la documentación correspondiente para acreditar la actividad académica.
FECHA DE ACTUALIZACIÓN 28 DE ABRIL DEL 2015
Rawson 1422 Mar del Plata. Teléfonos (0223) 451-5103 / 486-0544 / 486-3642. Lunes a viernes de 9:00 hs a 17hs. HORARIO DURANTE LA PANDEMIA CELULARES 223-5915199, 223-5465146 y 223-5922067, de Lunes a Viernes (excepto feriados) en el horario de 09:00 a 12:00 y 14:00 a 16:00
Funes 3187 Mar del Plata. Teléfonos 0800-999-2979 / (0223) 476-1369 / 476-7203. Lunes a viernes de 8:00 hs a 15:45hs. HORARIO DURANTE LA PANDEMIA Sábado de 9 hs a 12:15 hs
Calle 27 Nº 866 Balcarce. Teléfonos (02266) 42-1829 / 42-5609. Lunes, miércoles y viernes en el horario de 09:00 hs a 13:00 hs. HORARIO DURANTE LA PANDEMIA
Funes 3183 Mar del Plata. Lunes a viernes de 9:00 hs a 15:00hs. HORARIO DURANTE LA PANDEMIA
Santa Fe 2639 Mar del Plata.
Teléfonos (0223) 4939050 / 4941861 / 4937350 / 4910909 /
4937371 / 4940539 / 4953904.
Lunes a Viernes de 8:00 a 15:30 hs.
Copyright © 2013 SUMA
Servicio Universitario Medico Asistencial.
Obra Social de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Todos los derechos reservados.